Así como las leyes deberían estar para proteger derechos de las personas, el poder judicial debería garantizar el cumplimiento de las leyes y la fiscalía debería investigar con objetividad. Cuando la ley es utilizada como una forma de persecución y castigo a militantes y organizaciones populares, se da el proceso de judicialización. Así las acciones de integrantes, militantes y dirigentes de organizaciones por sus derechos (ya sea a la organización, a la protesta, entre muchos otros) son considerados como simples delitos.
Este es un fenómeno que se inicio hace algunos años en nuestro país, principalmente a partir del año 2003, cuando estuvieron imputados más de 3.000 militantes campesinos. Las imputaciones son una forma de cercenar las libertades individuales, prohibiendo que participen en reuniones de sus organizaciones y en movilizaciones, así se evidencia que la verdadera intención es desorganizar y desmovilizar a la militancia social.
El proceso no se limita a las imputaciones masivas, sino que va avanzando a condenar a la cárcel a militantes. Uno de los primeros casos fue el de Evelio Ramón Giménez, quien fue condenado por su lucha por la tierra y la reforma agraria a dos años de reclusión. En este proceso también se fue dando un agravamiento en las figuras legales: si antes eran imputados manifestantes que realizaban un corte de ruta por perturbación de la paz pública, hoy se los imputa por sabotaje.
El caso de Don Sindulfo Agüero y otras trece personas, acusadas de haber participado en el secuestro de Lindstron, no es un hecho aislado, es parte del proceso de judicialización. Están en prisión desde hace más de un año, periodo durante el cual todas las iniciativas de sus abogados y abogadas fueron rechazadas, la fiscalía -encabezada por Sandra Quiñónez- los acusa de haber mantenido comunicación telefónica con un supuesto integrante del Ejercito del Pueblo Paraguayo.
Sin embargo, las pruebas presentadas -y que una vez iniciada la audiencia preliminar pretendieron retirar- evidencian que las verdaderas intenciones por las cuales estas personas están privadas de su libertad -desde enero del año 2010 y que podrían ser condenadas a 25 años- no es el apoyo logístico al EPP, ya que tal como la CODEHUPY señaló en un comunicado del 4 de marzo- la fiscalía no presentó pruebas que demuestren la responsabilidad de los acusados, ni relató de manera precisa qué hechos prohibidos por la ley realizaron, ni cuándo y cómo lo habrían realizado.
Cuando en un juicio de este tipo son presentadas como pruebas documentos de organizaciones campesinas, publicaciones paraguayas sobre reforma agraria y la realidad nacional y libros que podrían ser catalogados de izquierda (entre ellos Las venas abiertas de América Latina, Chávez vs. Bush y La miseria de la Filosofía de Carlos Marx), las organizaciones del campo popular deberíamos prestar especial atención, ya que se podría estar iniciando un proceso de persecución ideológica, que tarde o temprano, se puede extender a muchas de nuestra organizaciones.
Asesinato de Mariano Jara
El año 2010 cerramos con el asesinato de otro dirigente más desde que se inició la transición a la democracia. Mariano Roque Jara Báez, quien se desempeñaba como coordinador económico del Movimiento Campesino Paraguayo (MCP) por Canindeyú, fue asesinado el 26 de noviembre por el brasileño Luis Carlos Faustino, según denunciaron vecinos de la compañía Santa Catalina de Curuguaty.
Mariano Jara, se encontraba descansando en su vivienda, cuando Carlos Faustino se acercó a bordo de una motocicleta y le disparó. El brasileño huyó, abandonando la motocicleta a 100 metros de la casa de Mariano, pero fue detenido por pobladores del lugar y entregado a la policía.
La fiscala Ninfa Aguilar, quien estaba a cargo del caso, ordenó la libertad del acusado, sin realizar las pericias correspondientes, por lo que dirigentes de la Mesa Coordinadora Nacional de Organizaciones Campesinas (MCNOC) presentaron una denuncia ante el fiscal general del Estado Rubén Candia Amarilla, quien la separó del cargo.
FOTO: La Audiciencia Preliminar del pasado 9 de marzo.