Nueva ley obliga al servicio civil a los objetores de conciencia

21 de Mayo de 2010

La Cámara de Diputados no pudo tratar el texto legal por falta de quórum, pero igual se aprobó por sanción ficta. Se crea un organismo que analizará la procedencia de una objeción de conciencia.

Los objetores de conciencia al servicio militar obligatorio (SMO) deben hacer el servicio civil sustitutivo, según la ley sancionada ayer por la Cámara de Diputados, sin tratamiento en plenaria, por cumplimiento del plazo (sanción ficta).

Al respecto se desató una polémica con organizaciones de la sociedad civil, porque la ley debe ser aplicada también, en forma retroactiva, a los actuales objetores que ya tienen sus constancias respectivas, fundamentalmente para el cumplimiento del servicio civil.

«Los mismos (refiriéndose a los actuales objetores) deberán optar entre prestar el servicio sustitutivo o pagar una contribución equivalente a cinco jornales mínimos para actividades diversas no especificadas», establece el artículo 21 de la ley sancionada.

Otro punto polémico es la creación del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia al SMO, que examinará si procede o no la declaración hecha por los jóvenes contra el SMO.

Dicho consejo establecerá la «contribución» que los actuales objetores deben pagar si no hacen el servicio civil sustitutivo. Solo los insolventes serán exonerados del pago de la multa.

El Consejo Nacional de Objeción de Conciencia al SMO estará integrado por un representante del Ministerio de Defensa, representantes de las comisiones de Derechos Humanos de las cámaras de Senadores y Diputados, el defensor del Pueblo (que presidirá) y un representante de los objetores de conciencia elegido por sorteo de entre aquellos que presentaron su declaración hasta hace cinco años.

El consejo deberá «declarar la procedencia de la objeción de conciencia al SMO formulada por el declarante, conforme a los dispuesto en la Constitución Nacional y las leyes vigentes», establece el artículo 8º, inciso d) de la ley sancionada.

El consejo debe reglamentar el regimen disciplinario del servicio civil sustitutivo. Aparte debe definir la forma en que podrá examinar la objeción de conciencia del declarante.

FALTA EL EJECUTIVO. La ley sancionada pasará al Poder Ejecutivo que tiene dos opciones: promulgar y ordenar su publicación o vetar, y devolver al Congreso Nacional.

Las cifras

145.254 es la suma total de objetores de conciencia al servicio militar obligatorio (SMO).

115.254 constancias expidió la Cámara de Diputados desde el 2004 al 2010.

30.000 constancias expidieron las Juntas Departamentales.

Ver nota:
http://www.ultimahora.com/notas/323781-Nueva-ley-obliga-al-servicio-civil-a-los-objetores-de-conciencia_

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